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CAMBIA AFIP: renuevan controles por compras con tarjetas de crédito: ¿cuál es el monto?

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó en abril la actualización de los valores mínimos, por los cuales los bancos y billeteras virtuales deben notificar los movimientos con tarjeta de crédito y débito de los contribuyentes en el país.

Por medio de la Resolución N° 5348/2023 el organismo fiscal comunicó a las entidades bancarias su obligación de informar cuando una persona supere o iguale determinados montos en el retiro y certificaciones, en forma mensual, de cuentas corrientes y cajas de ahorro, entre otras operaciones.

A raíz de esta medida, los valores mínimos para consumo mensual con tarjeta de débito dejarán de ser notificados a partir de los $ 30.000 y, en los retiros y/o depósitos en plazo fijo, desde $ 90.000.

AFIP:¿cuál es el nuevo valor mínimo para tarjeta de débito?

La normativa señala que los consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales deberán ser notificados al fisco, por parte de las entidades bancarias que emitieron los plásticos, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $ 120.000.

Además, el organismo informó que los valores mínimos para certificados y retiros mensuales, saldos de cuentas y depósitos a plazo pasarán a ser de $ 200.000. A partir de dicho monto, los bancos podrán enviar la correspondiente notificación.

Nuevos montos para transferencias: ¿a partir de qué valores me investiga la AFIP?

Según indica la resolución general, las transferencias bancarias o virtuales realizadas de forma mensual, y sin declarar ante la AFIP, tienen un límite máximo de $ 400.000.

AFIP: ¿qué asuntos investiga sobre las personas?

El organismo, encargado de la recaudación de impuestos, trabaja en la investigación de ingresos declarados y las transacciones efectuadas, estudia la información sobre los saldos bancarios y la compra anual en monera extranjera por parte de los contribuyentes.

En caso de superar los límites impuestos por la AFIP, las personas deberán rendir cuentas y justificar los ingresos/egresos de dinero. Caso contrario, pueden quedar sujetas a intimaciones o acciones de carácter legal.