Argentina
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Cartas de lectores III: consulta en lugar de plebiscito

Hemos visto circular estos días la utilización de la palabra plebiscito para la convocatoria que el Colegio de Abogados capitalino hizo al llamar a votación, sobre la conveniencia o no de la mediación previa obligatoria a los pleitos judiciales que determina la ley vigente. Pensamos que el término plebiscito debe ser utilizado en la ciencia del Derecho, exclusivamente para las votaciones sobre temas que incumben a la ciudadanía en general y que surjan desde las autoridades públicas; en cambio, para el caso de una entidad como un colegio profesional debería utilizarse solamente el término “consulta” o consulta por votación a los colegiados. Es decir, que para que el tema haya sido plebiscitado, debió haberse convocado a votación a todos electores provinciales y no solo a los abogados matriculados; y debió dicha elección surgir del llamado de alguno de los Poderes del Estado provincial. El Colegio de Abogados debe ser, por sus propias características, muy cuidadoso de la terminología que emplea; dando así muestra de la cultura jurídica y el respeto a la misma que sus dirigentes deben a los matriculados y a la ciudadanía en general.

Manuel García Fernández