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Nueva Constitución y Cultura: El retorno de la censura

Una de las enmiendas al anteproyecto constitucional aprobada esta semana pone en riesgo la creación artística, la libertad de expresión y el acceso amplio a manifestaciones diversas de cultura, según advierte en columna para CIPER la directora del Observatorio de Políticas Culturales.

En 1925, el presidente Arturo Alessandri Palma estableció un Consejo de Censura Cinematográfica que podía prohibir la exhibición de películas «contrarias a la moral, a las buenas costumbres y a la seguridad y tranquilidad del Estado». Casi un siglo después, lo que parece un hecho histórico anecdótico puede volver a cobrar plena vigencia.

La Comisión Experta entregó en junio pasado al Consejo Constitucional un borrador (o anteproyecto) de nueva Constitución de la República que consagraba, explícitamente, «la libertad creativa, su libre ejercicio y su difusión», así como «el respeto a todas las manifestaciones de la cultura». Sin embargo, una enmienda presentada por consejeros del Partido Republicano y aprobada esta semana en subcomisión somete el punto a la condición de que tales manifestaciones culturales «no sean contrarias a la tradición chilena, las buenas costumbres, el orden público o la seguridad nacional del país».

¿Qué implicancias podría tener esta norma? En primer lugar, deja sin efecto la primera parte del articulado, puesto que no puede haber garantía a la libertad de creación si al mismo tiempo existe la posibilidad de censurarla.

En segundo lugar, y de aprobarse el texto, implicaría un retroceso respecto de la actual Carta Magna que, mediante una reforma constitucional del año 2001, consagró la libertad creativa, poniendo así fin, por ejemplo, a la facultad de proscribir películas por parte del entonces Consejo de Calificación Cinematográfica (que durante la dictadura llegó a prohibir más de mil filmes, algunos de Bernardo Bertolucci, Martin Scorsese y Pedro Almodóvar [foto superior]). La enmienda en cuestión es por eso un retroceso que obligaría a crear una institucionalidad o procedimiento que estableciera y «revisara» qué obras se enmarcan en conceptos tan debatibles como «tradiciones chilenas», «buenas costumbres», «orden público» o «seguridad nacional»; es decir, que reestablece la censura previa según parámetros reñidos con la libertad artística y la libre expresión.

La idea de Republicanos podrá ser muy bienvenida por algunos sectores, que así ya lo aplauden en redes sociales. Pero es importante recordar que la interpretación de lo que en determinado momento constituyen, por ejemplo, las buenas costumbres o el orden público cambia no solo de acuerdo a las personas y las épocas sino, sobre todo, de quién detenta el poder. Así lo saben los artistas de oposición al régimen cubano y lo supieron los creadores chilenos durante la dictadura. Tal como recuerda la ACLU (American Civil Liberties Union), la censura es como el gas venenoso: dependiendo de para dónde sople el viento, puede causar daños a unos o a otros.

En la Constitución vigente, la garantía de libertad de creación y difusión de las artes no impide que las manifestaciones del pensamiento y la creatividad humana sean debatidas, replicadas o aborrecidas, e incluso que puedan enfrentar a la justicia (por injurias o calumnias). Pero, con ella, los ciudadanos adultos pueden estar seguros de que no habrá alguien que reemplace su derecho a elegir qué puede o no puede ver, leer o escuchar.
  

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