Cuba
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Julio Ferrer pide a la ACNU que conmine al Parlamento cubano a que promulgue la Ley de manifestación

El abogado independiente Julio Ferrer Tamayo solicitó el jueves a la oficialista Asociación Cubana de Naciones Unidas (ACNU) que conmine a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) a pronunciarse y promulgar la Ley de manifestación y reunión, que el régimen excluyó de su cronograma legislativo para el quinquenio 2023-2027. 

"Esta asociación se presenta como parte de la verdadera sociedad civil cubana y dice que tiene entre sus objetivos trabajar junto al Gobierno en la observancia e implementación de los derechos humanos en Cuba", informó a DIARIO DE CUBA el propio jurista.

"Por ello me dirigí a su presidenta, Norma Goicochea Estenoz, para que conmine a la Asamblea Nacional a promulgar esta Ley de manifestación lo más rápido posible. Si de verdad trabajan por los derechos humanos, debieran pedir la promulgación de esa ley", agregó.

Al ser una iniciativa de Ferrer Tamayo, no está legislado que la organización oficialista deba responderle.

Ferrer Tamayo presentó la pasada semana una demanda contra la Asamblea Nacional del Poder Popular en la Sala de Amparo de Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo Popular para forzar la aprobación de la ley complementaria al derecho de reunión y manifestación pacífica, que le otorga a los cubanos el Artículo 56 de la Constitución, aprobada en 2019. 

Sin embargo, apenas dos días después de la presentación de la demanda, el jurista fue detenido en plena vía pública e interrogado varias horas en una estación policial por dos agentes de la Seguridad del Estado. 

Los represores, según declaraciones posteriores de Ferrer Tamayo, le dijeron que "se concentrara en cuestiones personales y dejara de realizar esas acciones legales contra las autoridades". 

También le expresaron que "la demanda es válida y está amparada en la ley, pero que en Cuba las autoridades violaban la ley y que eso seguiría siendo así mientras exista la Revolución".

En la última sesión extraordinaria de la ANPP, celebrada el pasado 25 de mayo, se aprobó el cronograma legislativo del periodo 2023-2027, pero la ley complementaria al Artículo 56 de la Constitución no fue incluida y ninguno de los máximos representantes del Parlamento nacional dieron explicación alguna sobre esta omisión.  

La Asamblea Nacional del Poder Popular había rechazado en enero de este año la solicitud presentada por la sociedad civil en diciembre último, en la que un grupo de cubanos agrupados en dos organizaciones independientes pedían la inclusión y la promulgación de esta normativa.

En su respuesta, la directora de Atención a la Población del órgano legislativo, Carmen Aguilar Martínez, se excusó en el Artículo 164 de la Constitución y la Ley 131, que establecen el procedimiento para cuando la iniciativa legislativa parte de los ciudadanos, y dice que la solicitud presentada no cumple con los requisitos exigidos en esas normas legales.

Otra de las trabas que ha puesto el régimen es la no otorgación del certificado de elector que exige la actual ley para que los ciudadanos posean iniciativa legislativa real. Esta certificación no le ha sido otorgada a seis cubanos, activistas todos, que la solicitaron este año. 

La Constitución vigente, en su Artículo 164, otorga capacidad de iniciativa legislativa a los ciudadanos, siempre que certifiquen su condición de electores y en un número no menor de 10.000 personas.